> La criptomoneda en sí misma no es el "pecado original", el problema es si es transfronteriza, eludida, anónima y evasiva en el proceso de transacción.
Escrito por: Mankiw
Introducción
Desde el nacimiento de Bitcoin, su precio ha aumentado drásticamente en varias ocasiones, impulsando la ola global de Activos Cripto. En su punto máximo, Bitcoin superó los 100,000 dólares, y la capitalización total de Activos Cripto incluso llegó a superar la circulación de dólares en todo el mundo. Esto fue seguido por la aparición masiva de plataformas de intercambio de Activos Cripto y la actividad activa de comercio extrabursátil mediado por USDT.
Bajo la política vigente en nuestro país, algunas personas utilizan activos cripto para el intercambio privado de moneda extranjera y renminbi, obteniendo ganancias de la diferencia de tipo de cambio y comisiones por servicios. Aparentemente, esto parece inofensivo desde el punto de vista técnico, pero en realidad está bajo una presión legal intensa. Este tipo de operaciones puede involucrar el delito de operación ilegal según el artículo 225 del Código Penal, así como el delito de lavado de dinero según el artículo 191.
En este tweet, el equipo de abogados Mankiw